Así nos va a multar Tráfico
Primero, el carné por puntos, luego la reforma del Código Penal y ahora le toca el turno al sistema de recursos de multas. De forma resumida, buscan recortar los derechos actuales de los automovilistas y cobrar las sanciones al instante.

No es nuevo. Tráfico quiere modificar los artículos de la Ley referentes al sistema de recursos de multas para, en palabras del ministro del Interior Alfredo Pérez Rubalcaba, convertirla en un «instrumento más ágil y eficaz». Traducido a un lenguaje menos eufemístico, la DGT quiere que paguemos pronto las multas y no recurramos. De hecho, ya existe un borrador de la propuesta y actualmente se están perfilando los detalles, pero, las líneas básicas están definidas. Una vez más, los derechos de los automovilistas van a verse reducidos.
Por un lado, los plazos de recurso de sanciones se van a acortar, eliminando una de las dos posibilidades que teníamos de defendernos. Así, si hasta ahora cuando recibíamos una notificación de infracción, podíamos presentar alegaciones, y, tras no ser estimadas por Tráfico, presentar un recurso, ahora alegaciones y recurso se unifican en una sola defensa. De esta forma, el proceso se acorta en nuestro perjuicio.
"Pago en el acto de sanciones Otro de los cambios que quiere introducir el Gobierno es la obligación del pago de las sanciones en el momento de recibir la notificación. De esta forma, pretenden disuadirnos de recurrir con posterioridad. Este modelo es similar al que actualmente se aplica en Portugal, allí llegan incluso a inmovilizarnos el vehículo si no abonamos las multas, algo que aquí también quieren copiar. Ahora bien, mientras en el país vecino si decides acudir a los tribunales tras agotar la vía administrativa, te devuelven el importe de la multa antes del juicio, quedando a expensas de lo que dictamine el magistrado al final, aquí no se devuelve nada previamente al juicio."
Conductor responsable de las multas
Uno de los aspectos que más «trae de cabeza» a la DGT es no lograr identificar al conductor autor de una infracción, habiendo multas previstas para el propietario de hasta 1.500 euros por este motivo pero sin comportar retirada de puntos –éste no tiene por qué tener permiso de conducir-. El actual sistema, muchos radares y poca Guardia Civil para detener e identificar al conductor tras cometer una infracción, favorece esta situación.
Por todo ello, lo que Tráfico pretende es que, en el momento de matricular un vehículo, el propietario aparte de facilitar sus datos registre un conductor habitual, con permiso en vigor, que sea responsable de las multas que reciba el vehículo cuando no se identifique al autor tanto de la sanción económica como de la retirada de puntos.
Se trata, según nos comenta Mario Arnaldo de Automovilistas Europeos Asociados, de un sistema similar al vigente en Francia, allí el propietario del vehículo es responsable, eso sí, sólo pecuniariamente, de las infracciones por no mantener la distancia de seguridad, de exceso de velocidad o de mal estacionamiento, entre otros motivos. Aquí pretenden que si el conductor del vehículo es una persona física con permiso de conducir y no identifica al conductor de una infracción, se sobreentienda que sea este.
Tienes un email de la DGT
Tráfico no es ajena a las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías para multar y recaudar con la mayor efectividad. Por eso, en la Ley de Seguridad Vial y en el procedimiento sancionador se pretenden introducir varios aspectos relacionados con las notificaciones. Este aspecto presenta múltiples problemas ya que, a veces, no pueden realizarse por diversos motivos y acaban publicándose, como está previsto, en el BOE, algo que nadie o casi nadie lee. Así, la nueva ley contemplaría la notificación de infracciones mediante el email, y, en último caso, a través de un SMS. La notificación a través de correo electrónico ya está siendo empleada, por ejemplo, para las comunicaciones con las empresas de renting y debido a que tanto éstas como Tráfico quieren identificar rápidamente al conductor. Ahora bien, tal y como nos comenta Mario Arnaldo «se dan circunstancias tales como que la empresa de alquiler a largo plazo no tenga actualizados los datos del conductor, porque haya causado baja en la empresa que había contratado los servicios de la compañía de renting, por ejemplo, con lo que estaríamos en las mismas o peor».
"No obligados a disponer de email
Pero, ¿estamos obligados a disponer de email? No. A los particulares no pueden obligarnos a disponer de dirección de email ya que si no tendrían que empezar pagarnos el ADSL, el ordenador… En el caso de las empresas sí lo sería. Por eso la Administración quiere que facilitemos un numero, fijo o móvil, cuando matriculemos el vehículo donde recibir las comunicaciones de la DGT. No sería una notificación en sí sino el aviso de Correos. Eso sí, en caso de rechazar el mensaje quedaría registrado."
Y las agendas eléctrónicas
Hace poco más de un año, Pere Navarro presentó las nuevas PDAs que la Guardia Civil iba a emplear para diversos fines. Por un lado, para saber si un vehículo no dispone de seguro también para saber si un conductor circula sin permiso porque haya perdido sus puntos, e incluso para multar. Pues bien, estas agendas electrónicas servirán también para detectar cuándo un conductor circula sin pagar dos más multas graves o muy graves, en firme, e inmovilizar el vehículo.