ChiLL escribió:NetMaster escribió:ChiLL escribió:bueno, pues hasta donde yo se (que es poco) el impuesto de matriculacion es del 7% para los coches que no llegan a 2000cc, y del 12% para los que tienen 2000cc o mas.
Yo tenia entendido algo asi.....
a quien iras a engañar... si tu no entiendes na de na pichon!!

Madrid
IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM). PAGO POR NUEVA MATRICULACIÓN O REHABILITACIÓN DE BAJA ANTERIOR
Organo Gestor:
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Contenido:
Para tramitar el alta o la rehabilitación de un vehículo dado de baja con anterioridad es necesario dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico con el impreso de autoliquidación.
Documentación:
-Impreso de autoliquidación que se facilita en: Oficina de Atención Integral al Contribuyente - Jefatura Provincial de Tráfico.
- O en su caso, justificante de la exención
- En el supuesto de rehabilitación de un vehículo dado de baja con anterioridad deberá aportarse, además, el impreso normalizado de rehabilitación.
Datos Pago:
LUGAR: Cajas y Bancos autorizados que figuren al dorso del impreso, en todo el territorio nacional.
Importe:
La parte proporcional por trimestres naturales de su correspondiente cuota anual según fecha de matriculación o rehabilitación y el tipo de vehículo.
Última Actualización: 14.11.2005-10:49:54
IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM). TARIFAS PARA 2005. TURISMOS
Organo Gestor:
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Contenido:
TURISMOS:
- Menos de 8 caballos fiscales: 20 euros
- De 8 a 11,99 caballos fiscales: 57 euros
- De 12 a 15,99 caballos fiscales: 123 euros
- De 16 a 19,99 caballos fiscales: 158 euros
- De 20 caballos fiscales en adelante: 203 euros
Fundamento Legal:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECANICA de 10 octubre 1994. BAM Num. 297 de 16 diciembre 1994 . Modificada por Acuerdo Pleno de 29 octubre 2004. BOCM Núm. 307 de 27 diciembre 2004
Última Actualización: 14.11.2005-11:54:45
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Impuesto de matriculación
Este impuesto es de un 7% o un 12% dependiendo de la cilindrada de vehículo, las personas con discapacidad están exentas de esta impuesto si cumplen los siguientes requisitos:
Tener Calificación legal de Minusvalía (+33%).
El coche debe ir a NOMBRE de la persona con MINUSVALÍA, por lo que si el minusválido es menor, hay que sacar el D.N.I. y el N.I.F.
Normalmente son los propios concesionarios los que hacen el trámite.
Son personas minusválidas las afectadas, como mínimo, por una disminución permanente, de carácter congénito o no, de su capacidad física, psíquica o sensorial del 33%, de acuerdo con el baremo establecido en la ley 26/1990 (disp. adic 2ª).
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Tipos Impositivos
Automóviles turismo de cilindrada inferior a 1.600 c.c. y motor de gasolina 7%
Automóviles turismo de cilindrada inferior a 2.000 c.c. y motor diesel 7%
Resto medios de transporte 12%
http://www.aeat.es/aduanas/preguntas/impovehi.htm
Pequeñin antes de decir nada siempre busco jijijiji
