Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

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Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

Notapor BoGuS el 09 Abr 2021, 16:26

¡Buenas tardes!
A partir de mañana se puede comenzar a solicitar el Plan Moves III.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico presentará en breve al Consejo de Ministros una nueva edición del Programa, MOVES III, dotado en esta ocasión con 400 millones de euros, que podrán ser ampliados para aquellas comunidades y ciudades autónomas que lo soliciten, siempre que se aprecie un grado de ejecución adecuado. Este presupuesto se dirige a incentivar la movilidad eléctrica y particularmente, la compra de vehículos eléctricos y el despliegue de infraestructura de recarga para estos vehículos.

OS añado un enlace donde hay un pdf con preguntas frequentes sobre el nuevo PLAN MOVES ( que estoy aún leyendo para ver que cambia con el anterior)
https://www.idae.es/sites/default/files ... ES-III.pdf

"MOVES III constituye la línea de apoyo a la movilidad eléctrica más ambiciosa que ha planteado nuestro país y permitirá y contribuirá a la reactivación económica a corto plazo, acompasando la necesaria transformación del modelo industrial de nuestro país con los objetivos económicos y ambientales", ha añadido la vicepresidenta.

El Plan MOVES III refuerza las convocatorias anteriores e incorpora el aprendizaje adquirido en las ediciones pasadas. Esta línea mejora las ayudas para infraestructura de recarga para particulares, comunidades de propietarios y pequeñas y medianas empresas, así como para infraestructuras de recarga rápida y ultrarrápida. Además, establece la obligatoriedad de que los puntos de recarga de acceso público apoyados por el MOVES III estén continuamente disponibles para el usuario y que sean accesibles de forma directa, sin necesidad de registro previo.
Esta nueva edición también refuerza las ayudas directas para particulares y autónomos. Con el objetivo de acelerar la renovación de la flota y la sustitución de vehículos antiguos y contaminantes, MOVES III subvenciona con un máximo de hasta 7.000 euros para la adquisición de un vehículo eléctrico y con hasta 1.300 euros la compra de una motocicleta eléctrica si el usuario achatarra un vehículo de más de 7 años de antigüedad. En caso de que no se achatarre un vehículo antiguo, las ayudas podrán alcanzar los 4.500 euros.

Asimismo, la compra de furgonetas eléctricas se subvencionará con hasta 9.000 euros en caso de que el usuario achatarre su viejo vehículo y con hasta 7.000 en caso de que no lo haga.

El achatarramiento de vehículos antiguos no solo es importante para reducir emisiones y mejorar la seguridad vial, sino que permite reforzar cadenas de valor en sectores como el aluminio, el acero, el cobre, ciertos metales preciosos, los plásticos, las gomas o los cauchos, contribuyendo a la economía circular.

Esta nueva edición de MOVES también incluye mayores cuantías a los autónomos (taxis y VTC) que compren un vehículo eléctrico que utilicen para trabajar, lo que permite ayudar a un sector clave de la economía española y favorece la sustitución de vehículos que realizan un elevado número de kilómetros.

Alineado con la agenda de Reto Demográfico, el programa MOVES III proporciona ayudas de un 10% adicional a actuaciones en municipios de menos de 5.000 habitantes tanto para la instalación de infraestructuras de recarga en estos territorios como para la compra de vehículos por parte de personas que estén empadronadas en ellos. También dota con un 10% extra la ayuda que reciben las personas con movilidad reducida.

Particulares y autónomos podrán beneficiarse de las ayudas de la nueva convocatoria en la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga desde mañana, 10 de abril. MOVES II seguirá vigente hasta el término de las convocatorias, lo que permitirá evitar un periodo sin ayudas. Los usuarios podrán decidir a qué línea acogerse durante el tiempo en que ambas líneas coexistan.

Para ayudar al ciudadano a resolver sus dudas sobre el nuevo MOVES III y, especialmente, sobre a qué ayudas acogerse en el periodo de vigencia de ambas líneas, o sobre la documentación necesaria para ser beneficiario del nuevo programa, la web del MITECO publicará un documento elaborado junto con el el sector que dará respuesta a las preguntas y respuestas más frecuentes.

Transformación de la movilidad
El programa MOVES III estará coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar las convocatorias correspondientes en sus territorios. El criterio de reparto del presupuesto inicial (400 millones de euros) se ha consensuado con la Conferencia Sectorial de Energía, el órgano de coordinación entre el MITECO y las administraciones autonómicas en esta materia, y está basado en el Padrón de habitantes publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Programas como el Plan MOVES contribuyen a aumentar la penetración del vehículo eléctrico en España para alcanzar el objetivo de 100.000 puntos de recarga y 250.000 vehículos eléctricos para 2023 marcado por el Gobierno en el contexto del Plan de Recuperación, lo que permitirá evitar más de 450.000 toneladas de CO2 y generar empleo y actividad a lo largo de toda la cadena de valor de la movilidad eléctrica.

En la actualidad se fabrican en España más de una docena de turismos eléctricos, y es un país líder en fabricación de motocicletas eléctricas y de infraestructuras de recarga. Programas como el MOVES permiten acelerar la transformación hacia un modelo de velocidad sostenible gracias a la electrificación del transporte.

Marco normativo coherente
La transformación de la movilidad requiere actuaciones globales y coherentes que, acompañadas del desarrollo de un marco normativo estable junto con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que incluye tanto mecanismos de apoyo como reformas, nos va a permitir maximizar esta oportunidad histórica, donde la movilidad es fundamental.

Hoy se abre el periodo de audiencia e información pública del Real Decreto de puntos de recarga por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos, así como de la orden que determina la información a remitir al MITECO y a las comunidades autónomas por parte de los prestadores de servicios.

Este Real Decreto regula las condiciones que deben cumplir los gestores de información de recarga y la remisión de información por parte de los prestadores de servicios de recarga energética. Toda la información que no sea confidencial será incorporada y publicada por MITECO en un geoportal que mostrará un mapa de puntos de recarga, lo que facilitará a los ciudadanos conocer la localización, características, precio y disponibilidad de los puntos de recarga de acceso público, aportando transparencia y claridad al mercado.

Toda la información relativa al periodo de audiencia ya está disponible. Las aportaciones podrán enviarse a la dirección bzn-puntosrecarga@miteco.es para el Real Decreto y a bzn-SGH@miteco.es para la orden ministerial hasta el 30 de abril de 2021.

Plan de recuperación
MOVES III es solo la primera de las líneas de intervención previstas en materia de movilidad limpia en el marco del Plan de Recuperación, que contará con actuaciones lideradas no solo por el MITECO, sino también por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Ambos departamentos trabajarán de forma conjunta en el impulso del cambio modal, la definición y la implementación de zonas de bajas emisiones en línea con la obligación incluida en la Ley de Cambio climático y Transición Energética -aprobada ayer por el Congreso- en municipios de más de 50.000 habitantes. Asimismo, MITMA llevará a cabo actuaciones para incentivar el transporte público y la movilidad a pie y en bicicleta en todo el territorio.

MITECO también colabora con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para reforzar la cadena de valor del vehículo eléctrico y la fabricación nacional, y con el Ministerio de Ciencia e Innovación sobre nuevos desarrollos y sobre Investigación, Desarrollo e innovación.

Para contribuir al diseño de las líneas de Plan de Recuperación, el pasado mes de diciembre el MITECO lanzó una manifestación de interés sobre movilidad eléctrica a fin de identificar proyectos y nuevas líneas de actuación, gracias a la cual se han recibido propuestas que han permitido reforzar y mejorar la línea MOVES.

Además, de acuerdo con la información obtenida por estas expresiones de interés, en los próximos meses se desarrollarán varias convocatorias para proyectos singulares con un presupuesto de al menos 300 millones de euros. Estas convocatorias serán de gestión centralizada, abiertas, transparentes y en concurrencia competitiva, y permitirán seleccionar los mejores proyectos con unas condiciones claras de plazos de ejecución, conceptos subvencionables y requisitos administrativos.


Un saludo y PuXa CPSL


Fuente: https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosd ... s_iii.aspx
Última edición por BoGuS el 09 Abr 2021, 16:46, editado 1 vez en total
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Re: Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

Notapor BoGuS el 09 Abr 2021, 16:26

Os adjunto el PDF en escrito:
PREGUNTAS FRECUENTES EN LA TRANSICIÓN DE LOS PROGRAMAS MOVES II – MOVES III
1.¿Se encuentra aún vigente el programa MOVES II para la formalización de nuevas solicitudes de ayuda?
• Las solicitudes de ayuda del programa MOVES II podrán continuarse cursando hasta transcurrido un año, a partir de la fecha de publicación del extracto de las correspondientes convocatorias del programa de ayudas en los diarios oficiales de las comunidades y ciudades autónomas y siempre que aún exista presupuesto disponible para las actuaciones en cuestión, en cada una de ellas.
• Se pueden consultar las convocatorias publicadas por las distintas comunidades y ciudades autónomas en el siguiente link: https://www.idae.es/ayudas-yfinanciacio ... -autonomas

2.- ¿Cómo deben actuar los solicitantes de ayuda, en los supuestos en los que se solapen temporalmente los Programas MOVES III y MOVES II?
Las solicitudes de ayuda a MOVES III por parte de particulares, autónomos y administración pública, deberán cumplir el requisito de que la adquisición se haya realizado con posterioridad al 9 de abril de 2021, fecha de anuncio oficial del Programa por la Ministra para la Transición Ecológica y Reto Demográfico. Esto se justificará, para estos destinatarios últimos, únicamente con que la fecha de la factura de compraventa sea posterior al 9 de abril de 2021. En los casos de adquisiciones por renting de vehículos, además de la fecha de la factura de compraventa, también deberá ser posterior al 9 de abril de 2021, la fecha del contrato del renting.
• Para el caso de adquisición de vehículos de demostración, la antigüedad del vehículo no podrá exceder de 9 meses contados desde la fecha de primera matriculación hasta la fecha de la factura de compra venta.
• En todo caso, los particulares, autónomos y administraciones públicas que hayan realizado esta adquisición, deberán solicitar la ayuda en la correspondiente convocatoria de la Comunidad Autónoma una vez se publique.
• Lo anterior, para estos destinatarios últimos, aplica tanto a las solicitudes de ayuda para adquisición de
vehículos como a las solicitudes de ayuda para la instalación de infraestructura de recarga o preinstalaciones, donde las facturas deberán ser siempre posteriores al 9 de abril.
- Para el caso de solicitudes de ayuda por parte de empresas, solo podrán ser elegibles en MOVES III si la fecha de la factura, la fecha de matriculación, los justificantes de pago o los contratos suscritos, en el caso de renting o instalación de puntos de recarga, sean posteriores a la fecha de registro de la solicitud de ayuda en la correspondiente convocatoria de la Comunidad Autónoma, dado que en estos casos, es necesario exigir cumplir con el carácter incentivador del programa. Por tanto, en este caso, deberá esperarse a la publicación de las correspondientes convocatorias autonómicas para iniciar la actuación objeto de ayuda.
• Dicho lo anterior, y dado que las ayudas de MOVES III presentan un mayor efecto incentivador que en el programa MOVES II, al incrementarse y modularse las intensidades de ayuda para particulares, autónomos o administración pública, se pueden presentar los siguientes casos posibles para estos destinatarios últimos de las ayudas:
 Que el cliente/inversor haya solicitado ayuda en MOVES II pero, a 9 de abril de 2021, aún no haya realizado el pedido. Podrían renunciar a la ayuda en MOVES II y presentarse a MOVES III.
 Que el cliente/inversor haya solicitado ayuda en MOVES II, realizado el pedido y haya obtenido resolución favorable del órgano gestor. El criterio para dirimir si el trámite continúa por un plan u otro será la fecha de la factura de adquisición. Si ya existe factura efectiva del vehículo o punto de carga, de fecha anterior al 9 abril, debería seguir acogiéndose a MOVES II, dado que si se ha facturado un vehículo o el punto de carga antes del anuncio del MOVES III, no se puede solicitar ayuda a MOVES III.
3.- ¿Cuál es la fecha efectiva de inicio real del programa MOVES III?
• La fecha “efectiva” de inicio del programa para autónomos, particulares y administración pública, en cuanto a que las adquisiciones realizadas a partir de esa fecha son elegibles, es el 10 de abril de 2021 y se establecerá
claramente en las Bases del Programa, que se publicarán mediante real decreto en el Boletín Oficial del Estado en el menor tiempo posible desde el anuncio del Programa.
• En el caso de las empresas, éstas podrán beneficiarse de MOVES III cuando abran las convocatorias en las correspondientes Comunidades Autónomas. Mientras tanto, sigue en vigor MOVES II, que tiene una duración de 12
meses desde la publicación de las convocatorias en cada comunidad autónoma. Se puede acceder a información de las convocatorias desde: https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/plan-moves-ii/convocatorias-de-las-comunidades-autonomas
4.- Son compatibles entre sí las ayudas del MOVES II y del MOVES III?
• No. Una misma actuación (adquisición de vehículo eléctrico o de infraestructura de recarga) solo puede acogerse a uno de los programas.
• Por tanto, una actuación que desee acogerse al MOVES III (en caso de que cumpla las condiciones para ello) deberá renunciar a la solicitud que haya realizado, en su caso, al MOVES II u otros programas de ayuda.

5.- ¿Cómo aplica el MOVES a las operaciones ya realizadas que no solicitaron ayudas, por haber agotado fondos la CCAA y haber lista de espera?
• El “carácter incentivador” exigido en determinadas líneas de ayuda, significa que la actuación (por ejemplo, adquisición de vehículo) solo se puede haber llevado a cabo (fecha de la factura y justificantes de pago) después de haber registrado la solicitud de la ayuda.
• En MOVES II, se establecía una excepción: para las solicitudes de ayuda de particulares que adquirían un vehículo, no aplicaba el carácter incentivador. Únicamente para estos casos, el periodo de elegibilidad en MOVES II es desde el 18 de junio de 2020 hasta el fin de la vigencia del programa, siempre que la convocatoria autonómica no especifique que una vez publicada la convocatoria, sí es necesario cumplir con registrar la solicitud previamente a adquirir el vehículo.
• Se ha constatado que en ciertas convocatorias autonómicas, se exige que, una vez publicada la convocatoria, la fecha de registro de solicitud debe ser anterior a la fecha de adquisición del vehículo. En estos casos, los vehículos ya adquiridos no podrán presentarse a MOVES II, aunque se amplíe el presupuesto.
6.- ¿Es automático el paso a MOVES III si ya he solicitado una ayuda con el MOVES II?
• No. El MOVES III es un nuevo programa de ayudas y requiere que la ayuda se solicite expresamente en este programa.
• En el caso de particulares, autónomos y administración pública, puede llevarse a cabo la actuación desde el 10 de abril de 2021, aún cuando deberá solicitarse la ayuda en cada caso, una vez se haya abierto la convocatoria autonómica correspondiente.
• En el caso de empresas, las actuaciones solo serán elegibles si se realizan con posterioridad al registro de la solicitud de ayuda, una vez abierta la correspondiente convocatoria en la Comunidad Autónoma.

7.- ¿Cómo debe ser la factura en el caso de adquisición de vehículos, aún cuando no se haya publicado la convocatoria de las CCAA?
• La factura de compraventa del vehículo deberá tener fecha posterior al 9 de abril de 2021 para el caso de particulares, autónomos o administración y posterior a la fecha de registro de la solicitud para resto de destinatarios últimos.
• Para el caso de adquisición de vehículos, en la factura deberá constar la matrícula o número de bastidor, marca, modelo y versión del vehículo adquirido y un descuento por parte del fabricante/importador o punto de venta de al menos 1.000 euros para las adquisiciones de vehículos de categorías M1 y N1, por el “Programa MOVES III”, que deberá reflejarse antes de la aplicación de IVA o IGIC.
• Por tanto, si se adquiere un vehículo que cumple con los requisitos de MOVES III, y se va a solicitar ayuda, una vez se publique la convocatoria autonómica, deberá pedirse al concesionario que en la factura refleje el descuento de al menos 1.000 € en concepto de “Programa MOVES III”.

8.-¿Documentos justificativos del pago de la factura de compraventa del vehículo?
Se considerarán válidos aquellos justificantes de pago que permitan identificar:
• Al destinatario último: debe quedar claro que el único pagador es el destinatario final de la ayuda.
• Al tercero (punto de venta o concesionario) que percibe las cantidades pagadas.
• La fecha de pago (fecha valor) o salida efectiva de los fondos del destinatario último de la ayuda.
• El vehículo objeto de la subvención.
• En los casos de renting, a la empresa arrendadora.
Adjuntos

MOVES 3  tabla1.JPG

MOVES 3  tabla2.JPG

MOVES 3  tabla3.JPG
Última edición por BoGuS el 09 Abr 2021, 16:42, editado 2 veces en total
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Re: Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

Notapor BoGuS el 09 Abr 2021, 16:27

Reservado 2
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Re: Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

Notapor killerbruf el 11 Abr 2021, 09:36

Entonces se puede pedir el plan MOVES II en la compra de un vehículo?
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Re: Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

Notapor BoGuS el 11 Abr 2021, 11:16

Buenos días @killerbruf

En el segundo post, en la segunda "pregunta que se autorresponde" en su último párrafo tienes la solución a tu pregunta:

Dicho lo anterior, y dado que las ayudas de MOVES III presentan un mayor efecto incentivador que en el programa MOVES II, al incrementarse y modularse las intensidades de ayuda para particulares, autónomos o administración pública, se pueden presentar los siguientes casos posibles para estos destinatarios últimos de las ayudas:
 Que el cliente/inversor haya solicitado ayuda en MOVES II pero, a 9 de abril de 2021, aún no haya realizado el pedido. Podrían renunciar a la ayuda en MOVES II y presentarse a MOVES III.
 Que el cliente/inversor haya solicitado ayuda en MOVES II, realizado el pedido y haya obtenido resolución favorable del órgano gestor. El criterio para dirimir si el trámite continúa por un plan u otro será la fecha de la factura de adquisición. Si ya existe factura efectiva del vehículo o punto de carga, de fecha anterior al 9 abril, debería seguir acogiéndose a MOVES II, dado que si se ha facturado un vehículo o el punto de carga antes del anuncio del MOVES III, no se puede solicitar ayuda a MOVES III.

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Re: Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

Notapor zizito el 12 Abr 2021, 12:12

A los que habeis tenido la suerte de cobrar el plan MOVES I o II, en que plazo os han respondido o ingresado la ayuda?
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Re: Plan MOVES III 400 millones hasta 2023

Notapor Paulete el 16 Nov 2021, 20:38

A mi en el Moves II me solicitaron ampliación de documentación a los 5 meses, verano por el medio, y 2 meses más tarde la resolución acepatada.
Plazo de pago en los próximos 12 meses. :rezar: :rezar:
zizito escribió:A los que habeis tenido la suerte de cobrar el plan MOVES I o II, en que plazo os han respondido o ingresado la ayuda?
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