a 110km/h en autovias
Moderador: cvillajos
Re: a 110km/h en autovias
Me voy a pillar un beltronic mas grande que mi cabeza lo malo va a ser el Puto pajarito
Si su amarga laceración toca y muda en enseñanza para el resto, mostrándoos el nefasto final que se oculta tras el atractivo aspecto de la vida delictiva y os incita a cambiar de conducta. Entonces su herida es portadora de la más alta nobleza y de la gloria suprema
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Alanitu - Gurú de los leones
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Re: a 110km/h en autovias
Como bien dice navio a 112 seria recurrible y ganable al 110%. Metrologia para lso aparatos de medicion exige un error minimo del 3%, de ahi parra arriba todo lo que quieras.
¿guaradar las pegatinas es delito?¿pero quitarlas tambeién? ¿no?
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leon130cv - Leoner@ mayor del reino
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Re: a 110km/h en autovias
leon130cv escribió:Como bien dice navio a 112 seria recurrible y ganable al 110%. Metrologia para lso aparatos de medicion exige un error minimo del 3%, de ahi parra arriba todo lo que quieras.
¿guaradar las pegatinas es delito?¿pero quitarlas tambeién? ¿no?
Hacer como queráis ,yo comento lo que me ha dicho un compañero y obedece a las ordenes nuevas.
La Dirección General de Tráfico (DGT), el Servei Catalá de Transit, el Gobierno Vasco y numerosos ayuntamientos, están imponiendo a cientos de miles de conductores sanciones por encima de las previstas en la Ley de Tráfico.
Así lo asegura Automovilsitas Europeos Asociados (AEA), organización especializada en defensa del automovilista, porque, explica en un comunicado, no están aplicando los márgenes de error legalmente establecidos a las mediciones de velocidad realizadas por el sistema de fotocontrol
AEA advierte que desde el pasado 24 de mayo se están imponiendo sanciones que en muchos casos triplican la cuantía legalmente prevista y están quitando más puntos de los estipulados en la Ley.
"La razón de esta grave ilegalidad -afirma el presidente de AEA, Mario Arnaldo- se encuentra en la errónea interpretación que distintas administraciones con competencia en materia de tráfico están haciendo de la nueva Ley de Tráfico".
El nuevo cuadro de sanciones previsto en su Anexo IV, agrega, "se está aplicando directamente sin tener en cuenta los márgenes de error que la Ley de Metrología obliga a aplicar en las mediciones de velocidad obtenidas por radares"
Como garantía del procedimiento sancionador en materia de tráfico, el art. 70.2 de la nueva Ley de Tráfico establece expresamente que "los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología y su normativa de desarrollo."
Dentro de ese control metrológico de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, la Orden del Ministerio de Industria /3699/2006, de 22 de noviembre, contempla la aplicación de un margen de error máximo de un 4%, si se trata de un radar fijo, o de un 7%, si se trata de uno móvil, en las verificaciones periódicas a que están sometidos los radares (al menos una al año) y para mediciones superiores a 100 km/h.
Así, el margen de error máximo que podría tener un radar móvil que captara un vehículo circulando a 155 km/h con límite de 120 km/h. sería de 10,8 km/h, que descontado de la velocidad controlada nos daría un exceso neto de 24 km/h.
El problema surge cuando las distintas administraciones aplican directamente el nuevo cuadro de multas sin descontar el margen de error legalmente previsto, ya que en lugar de imponer una sanción de 100 euros prevista para los que se exceden en 24 km/h del límite de 120, están aplicando el tramo sancionador superior de 300 euros y la pérdida de 2 puntos del permiso de conducir contemplada para un exceso de 35 km/h.
Para evitar los problemas jurídicos que una errónea interpretación de la ley pudiera causar a los conductores, AEA realizó en el año 2006 AEA una consulta al Centro Español de Metrología -máxima autoridad en España en control metrológico de los radares- a fin de que aclarar, en primer lugar, si existía homologado algún radar en España que diera corregidos los resultados obtenidos al captar los excesos de velocidad
La respuesta a esta cuestión fue negativa, según la organización de defensa del automovilista y dejó "muy claro" que "con el error dado en el certificado de ensayo se realiza la corrección de las lectura que el cinemómetro marca, asegurando así el valor estimado de la velocidad que lleva el móvil".
"Es decir, que sobre lo que marca la fotografía hay que aplicar los márgenes de error legalmente establecidos para cada radar", concluye AEA.
AEA señala el caso de importantes municipios españoles que sí están haciendo una interpretación correcta de la Ley, y al aplicar el cuadro de sanciones, ya han descontado el margen de error legalmente establecido.
Así, por ejemplo, entre los ayuntamientos que aplican correctamente la ley estarían Madrid, Barcelona, Bilbao, Córdoba y Málaga.
Los que no lo hacen bien, además de la DGT, el Gobierno Vasco y la Generalitat de Cataluña, están ayuntamientos como el de A Coruña, Alicante, Murcia, Valencia, Valladolid, y Zaragoza.
AEA calcula que desde que entró en vigor la nueva Ley de Tráfico, se han podido imponer cerca de cien mil multas por exceso de velocidad, cuya sanción no está correctamente graduada porque no se ha aplicado los márgenes de error legalmente establecido.
La norma antigua y vigente que se debería realizar(pero con las ordenes nuevas se esta saltando a la torera ).
Por eso los limites que os expuse.Cumpliendolos no tendréis problema ,pero hacer como queráis,gracias a dios algunos tienen libertad( aunque cada vez nos impongan mas reglas):
Artículo 70.2
Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología y su normativa de desarrollo.
Pues bien, entre dicha normativa de desarrollo se encuentra la Orden ITC 3699/2006 de 22 de noviembre; una Orden que tiene por objeto regular el control metrológico del Estado sobre aquellos instrumentos o sistemas de medida de la velocidad de circulación de vehículos a motor, denominados en adelante «cinemómetros», ubicados en una instalación fija o estática y en vehículos o aeronaves, ya sean estáticos o en movimiento. En esta Orden están recogidos los márgenes de error máximos que pueden tener los radares de velocidad en las verificaciones a las que son sometidos.
Los márgenes permitidos serán diferentes dependiendo del tipo de verificación a que sean sometidos, existen dos tipos:
En examen de modelo, verificación de producto, verificación después de reparación o modificación
el conjunto de exámenes administrativos, visuales y técnicos que pueden ser realizados en un laboratorio o en el lugar de uso, que tienen por objeto comprobar y confirmar que un cinemómetro en servicio mantiene, después de una reparación o modificación que requiera rotura de precintos, las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial en lo que se refiere a los errores máximos permitidos
Verificación periódica
El conjunto de exámenes administrativos, visuales y técnicos que pueden ser realizados en un laboratorio o en el lugar de uso, que tienen por objeto comprobar y confirmar que un cinemómetro en servicio mantiene desde su última verificación las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial en lo que se refiere a los errores máximos permitidos.
Cada una de estas verificaciones se pueden llevar a cabo en laboratorio o en carretera, estableciéndose unos márgenes de error diferentes, menores en el primer caso; pero me centraré únicamente en los exámenes en carretera.
El margen
Por tanto, en examen de modelo, verificación de producto, verificación después de reparación o modificación.
Un radar fijo tiene:
± 3 km/h, para velocidad ≤ 100 km/h
± 3 %, para velocidad > 100 km/h
Un radar móvil tiene:
± 5 km/h, para velocidad ≤ 100 km/h
± 5 %, para velocidad > 100 km/h
En verificación periódica:
Un radar fijo tiene:
± 4 km/h, para velocidad ≤ 100 km/
± 4 %, para velocidad > 100 km/h
Un radar móvil tiene:
± 7 km/h, para velocidad ≤ 100 km/h
± 7 %, para velocidad > 100 km/h
Y sobre lo de las señales:
Las dos cosas son delito ,pero vamos yo lo comento ,porque hay gente que no lo sabe.
Un amiguete cogió una señal y de cachondeo la llevaba en el maletero .Un mal día le pararon en un control rutinario y lo expulsaron de la academia(por cometer un delito contra la seguridad vial).
Saludos.
PD. No quería poner todo este párrafo porque se que no lo van a leer,pero por información que no se quede nadie .
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Re: a 110km/h en autovias
djryndo escribió:me ha parecido oir en el telediario de la 6ª que el radar saltara a 112 y los puntos a partir de 120.de todas maneras me asegurare de ello en el de la noche que ami me quedan 3 solamente a ver si empiezo a currar y me hago un cursillo de recuperacion
yo oi a rubalcaba que lo de los puntos no se modificaba porque la medida era solo para el ahorro.........
No he tenido mucho tiempo de leerme todos los post, pero seguro que a alguien se le ha ocurrido una concentracion a 65 km/h por las autopistas de madrid....tuneles de la m30 a 40 (maxima 80 (generica))
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Re: a 110km/h en autovias
hay una pagina que recoge firmas para los que estamos en contra de los 110km/h aqui la dejo para el que le interese
http://www.movimiento140.com/Inicio.aspx
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Re: a 110km/h en autovias
yo a 110 no ire...
ire a menos, y si vienen los verdes detras a 60 me pararan y me tocaran los huevos tambien.
200cv y consumo de 4L / 100 !
PD: al final tendre que hacer limpieza de geometria ya que no le quito la carbonilla ahora
ire a menos, y si vienen los verdes detras a 60 me pararan y me tocaran los huevos tambien.
200cv y consumo de 4L / 100 !
PD: al final tendre que hacer limpieza de geometria ya que no le quito la carbonilla ahora
Fe en dios y FR a fondo...
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Re: a 110km/h en autovias
Pues te aseguro que te tocaran los huevos. Te dire un caso que me ocrrio a mi en carretera de madrid-acoruña a la altura del kilometro 100 sentdo A Coruna. Resumiendo me pararon y las primeras palabras fueron....."nos extraño que con este coche fueras tan despacion.." en fin, me dije, date por jodido!!Moraleja, si vas deprisa porque vas deprisa y vas despacio porque vas despacio.(tenia un vr6 preparado).
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Re: a 110km/h en autovias
Lamentable, lo que está pasando en este pais es de ciencia ficcion, como un gobierno puede ser tan inepto e incompetente por darle algun calificativo, donde nos quieren llevar, que pretenden hacer de España y de los españoles, es indignante, a este ritmo nos vemos con una revolucion como en Marruecos. Que prepotencia unida al abuso de autoridad está demostrando este gobierno. Este es el gobierno de las prohibiciones y las sanciones, aqui se prohibe todo con tal de obtener recaudacion.
Ojito tener cuidado con las velocidades minimas que tambien pueden multar, yo pase un control de velocidad a 23 km/h y estaba limitado a 60 km/h y me pararon y me dijeron que por ir a menos de la mitad permitido me iban a multar, al final no lo hicieron pero la intencion era colocarme la denuncia.
Ojito tener cuidado con las velocidades minimas que tambien pueden multar, yo pase un control de velocidad a 23 km/h y estaba limitado a 60 km/h y me pararon y me dijeron que por ir a menos de la mitad permitido me iban a multar, al final no lo hicieron pero la intencion era colocarme la denuncia.
Antigüamente en lo caminos te encontrabas a bandoleros y saqueadores de diligencias, hoy dia en las carreteras te encuentras a la D.G.T. (DIRECCION GENERAL DE TRIBUTACION), no os confundais son los mismos, solo han cambiado el lugar de actuacion, pero el objetivo es el mismo. R- O - B - A - R.
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Re: a 110km/h en autovias
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http://www.youtube.com/watch?v=PcEJ75UrR30
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MARCHA ATRAS FOREVER!
A PELO MAN TE LO DICE......
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Re: a 110km/h en autovias
leon130cv escribió:
PD. No quería poner todo este párrafo porque se que no lo van a leer,pero por información que no se quede nadie .
Yo sí que lo he leido, gracias por la info. .
Pd: Esto no es forocoches, pon los tochos que quieras
Por cierto, me da igual lo que digan e impongan, yo seguiré yendo a la velocidad que crea conveniente como he hecho desde que tengo carnet desde los 16 años y ahora tengo ya más del doble.
Llevaré cuidado buscando a curro jimenez y compañía detrás de los matorrales como hasta ahora y listo.
Como dato, 14 puntos, 0 multas y 0 partes al seguro.
Saludos a todos.
Última edición por Lucky150 el 01 Mar 2011, 15:03, editado 1 vez en total
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Re: a 110km/h en autovias
Tocate los cojones que ahora kieren apagar las farolas de las carreteras
Como pueden ser tan inútiles
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Alanitu - Gurú de los leones
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Re: a 110km/h en autovias
Alanitu escribió:Tocate los cojones que ahora kieren apagar las farolas de las carreteras
Como pueden ser tan inútiles
va en serio? estos saben algo de seguridad vial o quieren ahorrar dinero a costa de que nos dejemos mas vidas?
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Juanma1984 - Mi Leon me tiene miedo
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Re: a 110km/h en autovias
He oido hace un rato en las noticias que han desestimado hacer eso (por mi parte pienso que era una jilipollez) y van a poner bombillas led. Aver si por lo menos se las compran a una factoría española.
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zolder - Aqui + que con la novi@
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