por javier689 el 28 Feb 2014, 11:30
Hola señores, como veo que se han mezclado un poco, voy a contar hasta donde yo sé estando en 4º de Derecho:
Si es verdad que existe una Ley, la Ley Organica del Poder Judicial (LOPJ) que en su artículo 11.1 dice que "No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales." Esto significa que si nos colamos en una casa con una cámara con gente dentro (allanamiento de morada, si no hubiese gente sería apropiación indebida o usurpación de la propiedad), y esa gente que está dentro, el dueño, asesina a 1 o a 20 personas y tu lo tienes grabado con la cámara, esa prueba no se admitirá porque has vulnerado el derecho a la intimidad que es un derecho fundamental.(Si, lamentable, pero esto es España, donde si el caco entra en tu casa y se pincha porque tienes cristales rotos en los muros, te denuncia y encima tienes que pagarle...)
También es verdad que los establecimientos que graben en su interior tienen que poner el cartelito de protección de datos y nunca pueden grabar la calle, excepto si son bancos o Instituciones importantes que esté justificada, como un cuartel de los verdes o un ministerio, entre otros.
Sin embargo, el grabar por la calle, es decir, grabar en un sitio público no es ilegal, Tu puedes grabar por la calle sin que te digan nada.Obviamente lo que no debes hacer tampoco es ponerte a grabar en la calle y ponerle la cámara a una persona en toda la cara porque es ganas de buscarse movidas. Por lo que si tu vas circulando o vas andando por la ciudad con una cámara en la mano, en la cabeza, en el salpicadero del coche o donde sea, puedes perfectamente grabar todo lo que se cruce en tu camino.
La excepción viene cuando quieres publicar ese video por ejemplo en youtube. Entonces, si grabas a una persona, tienes que hacer que te firme un papelito de cesión de derechos de imagen o de conformidad con que esas imágenes se muestren al público, y si no lo hacen, tienes que difuminarles la cara si quieres publicar el video. De lo contrario si que pueden denunciarte. Pero esto es para publicarlo, no para llevarlo a un juicio como prueba. Porque obviamente, como ha dicho un compañero, no puedes parar el tiempo, y hacer que te firme el papelito antes de que te choques, porque si te chocas y le dices que te lo firme para llevarlo a juicio, te va a decir que te firme tu put....
(si veis videos por ahi de tomas falsas en youtube, vereis como siempre, cuando terminan la broma y le dicen a la "victima" que es mentira, le hacen firmar un papel. Si buscais en internet vereis que ese papel es para poder publicar el video mostrando su cara. Por eso, cuando la victima se cabrea y se pira, suele aparecer con la cara borrosa. Recordad el video que salía el chaval invitando a cenar a una tía, esta le decía que no, pero cuando el notas se metía en su lamborghini, la chica cambiaba de idea. La tipa quedaba como una interesada, y por eso, no ha firmado el papelito y el video se ha publicado con su cara borrosa.
Grabad lo que querais en vuestros coches, pero aseguraos de que no os timen por la cámara que compreis... que en ebay se venden por 20€ las mismas camaras que he visto en tiendas por 80€ en España!!!