El agente exige una revisión de los expedientes relacionados con el radar para demostrar que fue un error
Desplazarse a Andorra con la familia en caravana puede acabar costándole un disgusto a un agente de la Policía Local de Benicarló. Una sanción por circular supuestamente a 213 kilómetros por hora por un tramo con una señal de 90 le ha hecho meditar a Javier Sospedra sobre la indefensión en la que pueden encontrarse algunos ciudadanos ante las casi inapelables fotos del radar que pueblan las carreteras de la geografía española.
El agente volvía de un fin de semana en un camping de la Seu d’Urgell con una carga de cinco personas en el vehículo y la caravana cuando fue “cazado” por un radar en una zona de frecuentes retenciones donde el agente asegura que iba “a unos 70 kilómetros por hora porque la circulación era densa”. Pero el cinemómetro del Servei Català de Trànsit afirma que la caravana iba a velocidades más propias de Fernando Alonso y la Fórmula 1.
Tal infracción es calificada como muy grave en la propuesta de sanción. Le imponen la pérdida de seis puntos de su carnet y la suspensión del mismo y de la circulación por un trimestre lo que, dada su condición de agente de la Policía Local, le supone tener que dejar su puesto de trabajo durante esos meses.
Multa de 500 euros
La imagen, disparada automáticamente, con la caravana perfectamente encuadrada y en la que es visible la matrícula del vehículo, conlleva 521,43 euros, según la sanción que rubrica el jefe del Servicio Territorial de Trànsit en Tarragona.
El agente, que presentará un pliego de descargo tan pronto se le comunique la sanción definitiva, ve cómo se complica la solución, lo que le ha hecho ponerse en la piel de aquellos que son sancionados por la autoridad y la fuerza de la ley, como es el caso y con la única prueba de una fotografía. De policía sancionador ha terminado como ciudadano sancionado.
El agente, que colabora con la Jefatura Provincial de Tráfico de Castellón en cursos de educación vial y con el profesorado del Maestrat en el Centro de Formación y Reciclaje de Profesorado de Vinaròs, además de ser un colaborador de la DGT, se ha dirigido al Síndic de Greuges de Catalunya, Rafael Ribó, para plantearle su caso e interponer una reclamación por la vulneración de sus derechos.
En la misiva que envió a Rafael Ribó le indica que “es a todas luces técnicamente imposible circular con una caravana remolcada a tal velocidad” y pide el sobreseimiento de todas la sanciones que se deriven de su acción.
Además admite encontrarse en una situación de indefensión “para demostrar que no sobrepasó el límite de velocidad establecido en esa zona”.
Quince años de servicio
El “desconcertado” agente pide la intercesión del Síndic “en tan grave expediente contra mi persona, dado que no dispongo otro medio de prueba salvo el realizado personalmente con más de 22 años de permiso de conducir sin tener en contra expediente alguno y una carrera profesional avalada por 15 años de antigüedad en la Policía y la colaboración con la Jefatura de Tráfico y la DGT, entre otros”.
Por último, reclama la revisión de todos los expedientes sancionadores desde la fecha de revisión del cinemómetro del punto kilométrico 13,91 de la C-14 y se tenga en cuenta la alegación de indefensión.
En países como Inglaterra las sanciones por radar se contrastan con las filmaciones en video de los vehículos, algo que no ocurre en España.
El cinemómetro en cuestión es la única arma que le queda al agente para cargar contra una sanción que considera totalmente injusta.
P.D.: Que alguien me explique como alguien con 5 personas en un coche (al parecer es un Ford Mondeo... no tengo ningun dato mas) y tirando de una caravan es capaz siquiera de pasar los 190km/h
