Jemi escribió:mikisb escribió:yak54 escribió:Aquí tienes la fórmulastewei escribió:Yo tengo bastantes dudas con respecto al pago de impuesto según "potencia fiscal". Os pongo un ejemplo:
--> Seat Leon mk2 1.9 TDi 105cv --> 100€/año. (localicad X)
--> Seat Leon mk3 2.0 TDi 150cv --> 100€/año. (localidad Y)
--> Seat Exeo 2.0 TDi 120cv --------> 100€/año. (localidad X)
--> Citroën Xsara 2.0 HDI 110cv ---> 100€/año. (localidad Y)
--> Toyota Verso 1.6 112cv ---------> 60€/año. (localidad Z)
--> Peugeot 508 1.6hdi 120cv ------> 60€/año. (localidad X)
Como veis, yo creo que es más bien por el cubicaje que homologan, y no por la potencia fiscal (si me equivoco me gustaría que lo hicieran sacando una formula que calcule dicho pago de impuesto, ya que nos interesaría a muchos).
Un saludo
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Caballo_fiscal
Luego para pagar el impuesto va por tramos de potencia fiscal, y cada ayuntamiento pone un impuesto a cada tramo.
La potencia fiscal se calcula en función de la cilindrada y el número de cilindros, y nada tiene que ver con la potencia real que desarrolla el motor. De esta manera, un Mazda Rx-8 con motor Wankel 1.3l de 231cv paga mucho menos que un 3.0 6cil de 130cv( un Patrol de los 90 p. e.)
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Tienes razón, pero en lo del RX-8 NO. Porque un RX8 no tiene cilindros y es un poco especial. De echo en Madrid un RX-8 paga 200 y pico euros de numerito (que creo que es el maximo)... o lo que es lo mismo igual que un ferrari.
No se como hacen la conversion a cv fiscal en este caso, pero te garantizo que no es un buen ejemplo. Porque los 2 rotores no equivalen a 2 cilindros. Y la cilindrada tampoco. Te lo digo porque estuve a punto de tener uno hace años.
Así es, en el caso de un motor rotativo (Mazda RX8), la potencia fiscal no depende de la cilindrada, sino de la potencia efectiva en kW, dividiendo esta cifra entre 5,21. Este motor tiene 32,99 caballos fiscales.
@mikisb @Jemi tenéis razón ambos. El cálculo de la potencia fiscal está definido en el anexo V del Reglamento General de Vehículos, y para los eléctricos y los wankel tiene un cálculo basado en los kW de la ficha técnica:
ANEXO V
CÁLCULO DE LA POTENCIA FISCAL
El cálculo de la potencia fiscal de los motores de vehículos de motor, expresado en caballos de vapor fiscales (CVF), se efectuará aplicando las fórmulas siguientes:
a) Para los motores de explosión o de combustión interna de cuatro tiempos:
CVF = 0,08 • (0,785 • D2 • R)0,6 • N (1)
b) Para los motores de explosión o de combustión interna de dos tiempos:
CVF = 0,11 • (0,785 • D2 • R)0,6 • N (2)
En las fórmulas (1) y (2) se representa por:
D = el diámetro del cilindro en centímetros.
R = el recorrido del pistón en centímetros.
N = el número de cilindros de que consta el motor.
c) Para los motores de explosión rotativos
CVF = Pe / 5,152 (3)
d) Para los motores eléctricos:
CVF = Pe / 5,152 (4)
La potencia efectiva Pe que se utiliza en las fórmulas (3) y (4), expresada en kilovatios (kw), será la que determine el Laboratorio Oficial que el Ministerio de Industria y Energía designe aplicando los métodos de ensayo que dicho Ministerio establezca.
En cualquier caso, la potencia fiscal del motor a consignar en la tarjeta de inspección técnica o en el certificado de características del vehículo, será la que resulte de aplicar la fórmula correspondiente, según el tipo del motor, expresada con dos cifras decimales aproximada por defecto.
La pregunta que me hago es cómo calculan la potencia fiscal de los híbridos? ¿suman los CVF del motor térmica con los CVF del eléctrico?